InicioEntérateFarandulaExnovia de Bad Bunny obtiene fallo favorable en una demanda por la...

Exnovia de Bad Bunny obtiene fallo favorable en una demanda por la utilización de su voz

San Juan, 10 jul (EFE).- El Tribunal Supremo de Puerto Rico determinó que Carliz De La Cruz Hernández, expareja de Bad Bunny, tiene potestad para reclamar derechos de imagen y de autor por la utilización de su voz en la famosa frase «Bad Bunny, baby» en los temas de ‘Pa ti’ y ‘Dos Mil 16’.

«La demandante ha presentado hechos suficientes para ofrecer en su día la prueba que justifique este reclamo. En vista de ello, erraron los foros inferiores al desestimar la causa de acción bajo la Ley de Derechos Morales de Autor», expresó una opinión de 50 páginas emitida por la jueza asociada del Tribunal Supremo Mildred Pabón.

Carliz de la Cruz Hernández es una abogada puertorriqueña que conoció a Benito Antonio Martínez Ocasio, nombre de pila del artista, en 2011, cuando ambos trabajaban en un supermercado Econo, en Vega Baja, en el norte de Puerto Rico y mantuvieron una relación intermitente hasta 2016.

De la Cruz grabó el audio «Bad Bunny, baby» y se lo envió a Benito en 2015 a petición del artista.

La expareja de Benito presentó el 1 de marzo de 2023 una demanda donde reclama 40 millones de dólares al considerar que el uso de su voz vulneró sus derechos de imagen y propiedad intelectual.

El Tribunal Supremo concluyó que las causas de acción relacionadas al uso de la voz de la demandante en la canción ‘Pa ti’, publicada en 2016 y cuya demanda fue presentada en el 2023, estaban prescritas.

Sin embargo, el caso continúa por la aparición de su voz en el tema ‘Dos Mil 16’, en 2022 y en conciertos posteriores.

Antes de la publicación de esa canción, los representantes de Bad Bunny intentaron pagar a de la Cruz por el audio, sin embargo, ella rechazó una oferta inicial de 2.000 dólares y no autorizó a que su voz siguiera utilizándose comercialmente.

A pesar de no tener permiso para continuar difundiendo el audio, el mismo apareció en conciertos, campañas promocionales y otros contenidos vinculados a Bad Bunny.

Asimismo, la voz fue utilizada en los conciertos celebrados en el Coliseo de Puerto Rico José Miguel Agrelot los días 28, 29 y 30 de julio de 2022, y en otros espectáculos, lo que provocó que la demandante requiriera asistencia psicológica.

En este contexto, el Tribunal Supremo determinó que la demanda por derechos morales de autor puede continuar, porque si presenta hechos suficientes para alegar que la interpretación vocal de De La Cruz constituye una obra original y creativa protegida por la Ley de Derechos Morales de Autor.

Asimismo, la Corte Suprema de Puerto Rico afirmó que existen las pruebas suficientes para sostener que no hubo consentimiento, expreso o tácito, para el uso de la imagen, que en este caso se refiere a la voz de la demandante.

Cabe apuntar que el Tribunal Supremo no declaró que De la Cruz Hernández ganó el caso, sino que entendió que sí presentó una reclamación con fundamentos suficientes para que se siga evaluando y regrese al Tribunal de Primera Instancia de San Juan.

Por otro lado, el juez asociado Ángel Colón Pérez emitió una opinión disidente de 25 páginas en la que aseguró que todas las reclamaciones debieron ser desestimadas porque la aparición de la voz de De la Cruz Hernández fue breve y responde a una expresión artística protegida.

RELATED ARTICLES

Most Popular

Recent Comments